Requisitos del seguro médico en el Consulado de España en Bogotá
El Consulado General de España en Bogotá tramita las visas nacionales de residencia de su demarcación. Para las visas de residencia pide un seguro de salud, no de viaje. Esta página resume lo que publica el consulado y enlaza a cada ficha oficial.
Revisado por Javier Marrero Castilla, Agencia de Seguros Marrero Castilla · Actualizado el 29 de septiembre de 2026
Lo que exige el consulado
“Pólizas con coberturas del 100 % de los gastos médicos, sin limitación, sin reembolsos, sin carencias o franquicias y sin copago.”
- Aseguradora autorizada a operar en España (puede comprobarse en el registro de la DGSFP ↗).
- Cobertura de todos los riesgos que cubre el sistema público de salud español.
- No se admiten seguros de viaje ni bancarios.
- Se presenta el original y una copia del certificado.
Fichas oficiales por visa
Dónde se presenta la solicitud
Las solicitudes de la demarcación de Bogotá se presentan a través de BLS International. Desde el 29 de abril de 2026 la oficina está en Cra 20b #77-05, Local 02, Bogotá. Citas BLS Colombia ↗
BLS también vende seguros de viaje. Ese seguro sirve para la estancia corta Schengen, no para una visa de residencia.
Qué comprobar en su certificado
Vea la guía qué debe decir el certificado del seguro antes de su cita.
Preguntas frecuentes
¿El consulado acepta cualquier aseguradora española?+
Debe ser una entidad autorizada a operar en España y la póliza debe cumplir las condiciones de la ficha: sin copagos, sin carencias y cobertura completa.
¿Puedo presentar una propuesta de seguro en lugar de la póliza?+
La ficha de residencia no lucrativa indica que no se admiten propuestas de seguro. Presente el certificado de la póliza emitida.
¿Los colombianos necesitan visa para ir de turismo?+
No, para estancias de hasta 90 días. Sí la necesitan para residir, estudiar o teletrabajar más de 90 días.